Pregunta de Ricardo sobre Civil en Asturias

Hola tengo estas tres preguntas cortas y relacionadas:
Cuatro hermanos son dueños de un piso. ¿Pueden tres de esos hermanos prohibir la entrada al piso al cuarto hermano? ¿Pueden tres hermanos obligar a vender el piso al cuarto hermano? Y si esos cuatro hermanos ponen ante notario como usufructuario a su padre, ¿pierde algún hermano derecho de acceso al piso debido a ese poder que otorgaron al padre?
Gracias.
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Buenos días Ricardo.

Respuestas cortas a todas sus preguntas NO.

Respuesta larga.

Cuando los 4 hermanos son propietarios, no pueden prohibir la entrada a una persona a su propiedad ya que es su propiedad. Si ese hermano hace uso de la vivienda lo que si tiene que hacer es pagar el gasto que haga (luz, agua, gas....)

Por otro lado, no esta obligado a vender pero tampoco estan ustedes obligados a quedarse en proindiviso. Existe un procedimiento que se llama "división de cosa común" que se basa en el art. 400 CC por el cual se establece que nadie esta obligado a permanecer en situación de proindiviso.

Este procedimiento se resume en que uno o varias partes quieren salir de esa situación compartida por lo que se pide a un juez que se divida el bien al que todos tienen derechos. Como una vivienda no se puede dividir en partes iguales supone que se declare el bien "indivisible" y se proceda a su venta.

Esta venta se puede llevar con acuerdo de las partes (inmobiliaria o un comprador ya pactado) o Pública subasta.

En cuanto a la ultima pregunta que exista un usufructo si hace perder un derecho la posibilidad de venta del inmueble. Ustedes tendrían la nuda propiedad y su padre el usufructo.
Si su padre adquiere el usufructo y además es su vivienda habitual si podría prohibir la entrada a ese domicilio al hermano. Pero eso tambien se puede hacer con un contrato de alquiler o con que se demuestre que una persona vive de manera habitual en la casa.

Si necesita cualquier consulta escribame a info@lexhorizon.es

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Borja Adrados Urreiztieta

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Burgos

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